DISCRIMINACIÓN O TAMBIEN IDEOLOGÍA?

En la última reunión del Comité de Seguridad y Salud, celebrada el día 17 de Junio de 2013, el Servicio Médico de Empresa, nos recordó la necesidad de que los trabajadores de RBET acudamos a los reconocimientos médicos anuales. Les preocupa que cada año sean más los trabajadores que no acuden a estos reconocimientos médicos y que se esté devaluando el valor de los mismos.

Preguntando entre la plantilla, los trabajadores nos comunican que se han dado casos en que los jefes de equipo les han impedido acudir a los mismos, bajo la premisa de “necesidades de producción u organizativas”.

Venimos denunciando que no existe una VISIÓN TRETO 2016, en materia de seguridad y salud y que se deterioran día a día las condiciones de trabajo de los trabajadores de Treto.

En una organización en la que ciertos mandos intermedios y ciertos jefes de equipo, se permiten el lujo, mejor dicho, “COMETEN LA NEGLIGENCIA” de valorar la productividad de un departamento por encima de la vigilancia de la salud de un compañero de trabajo, se están deteriorando y trasgrediendo las directrices de la misma.

Lo último que esperábamos oír es que a los trabajadores directos, a los que trabajan a prima de producción, cuando acuden al Servicio Médico de Empresa, a consulta o rehabilitación, no se les compensa y se les pone a ficha roja, con la consiguiente pérdida económica para los mismos. Cuando un trabajador acude a rehabilitación dentro de fábrica, lo hace para intentar recuperarse de una dolencia en la que con un alto grado de fiabilidad, la actividad laboral ha intervenido en la aparición de la misma.

Lo más sorprendente es que, preguntada la Dirección por este asunto, la respuesta no es “no se puede poner a ficha roja a un trabajador cuando acude al servicio médico”, sino que deben de consultarlo con TEF.

Lo increíble es que lo tengan que consultar. Como la mayoría de vosotros sabéis, esto sólo puede ocurrir si trabajas a prima de producción. Esperamos que la respuesta planteada a la Dirección en casos como los descritos sea contundente y niegue que exista la posibilidad de introducir una nueva discriminación que afecte a los trabajadores a prima de producción.

Durante las negociaciones del llamado Acuerdo PL, nuestra Sección Sindical planteo a la Dirección la necesidad de eliminar las discriminaciones existentes entre distintos grupos de trabajadores, que dificultan la posibilidad de llegar a acuerdos y mucho mas para llegar a acuerdos como la “eliminación de la cláusula de revisión salarial” del Acuerdo del PL.

Durante años, la Dirección de RBET, ha ido introduciendo en los distintos Convenios Colectivos, múltiples diferencias, tanto económicas como sociales, entre los trabajadores Directos a Prima de Producción, los directos sin VT y el resto de la plantilla. El Comité de Empresa ¿no lo ha sabido ver.

“En lucha por los derechos de todos los trabajadores”. Estas palabras acompañan a nuestro sindicato desde su creación.

 La igualdad es uno de estos derechos y en RBET se firman acuerdos en el sentido contrario, se firma lo que quiere la Dirección, en busca de la discriminación de distintos colectivos y de la división de la Plantilla.

La primera gran discriminación a destacar es el -20%, firmado como necesario para el mantenimiento del nivel de Plantilla. La Plantilla se ha mantenido en -500 trabajadores y el -20% persiste.

Una discriminación inexplicable es el denominado Plus anti-absentismo, productividad y calidad. No se puede asegurar que los trabajadores eventuales trabajen mas que el resto, pero menos tampoco y el promedio de absentismo entre este colectivo es menor al promedio de la fábrica. Por todo ello les concedemos “cobrar ninguna cantidad”.

La discriminación de la antigüedad la “hemos” eliminado.

Cada vez que se ha pactado una reducción de jornada en convenio colectivo, quienes no cobran el plus de turno como “módulo mensual”, pierden ese día el valor del Plus de Turno, 5,5 euros un trabajador directo y 6,75 un trabajador directo sin vt. Además de esto a los compañeros a prima de producción, les premiamos sin su prima de producción diaria, que para un 125% de rendimiento es de 16,7 euros.

En el año 2013, son 14 los días F con lo que el resultado de lo pactado en los distintos convenios colectivos es una discriminación salarial de 94,5 euros anuales para los Directos sin VT (plus de turno de 14 días F) y una discriminación salarial de 310,8 euros para los trabajadores a prima de producción (plus de turno de 14 días son 77 euros y 233,8 euros de prima de producción de 14 días).Nadie dice nada cuando se firman estas discriminaciones.

Llegamos al punto en el que a la discriminación económica se suma la discriminación moral. Estamos hablando de los permisos retribuidos y las bajas por incapacidad laboral transitoria.

Con el paso del tiempo, se puede ver con claridad, que los efectos de algunas de las medidas acordadas en los distintos convenios Colectivos, han generado diferencias, las cuales, nos permiten a los trabajadores, pensar que se ha negociado muy bien para unos y “no tan bien”, lamentablemente para otros.

Cuando un trabajador directo va al especialista, cuando sufre una operación o cuando tiene que acudir al funeral de un familiar, sufre una merma económica que es la misma que hemos detallado para los días F.

Llevamos varios convenios intentando que se elimine la discriminación en situación de baja por I.T., una gripe, una migraña, etc. La Dirección dice que tenemos un absentismo muy alto y que no se pueden equiparar a los trabajadores directos a prima de producción con el resto de la plantilla.

En situación de I.T., la Seguridad Social paga unos porcentajes concretos, según la Base de Cotización del mes anterior. En Treto, tenemos lo que se conoce como Paga tipo en situación de I.T. Esta paga engloba todos los conceptos salariales habituales para un trabajador indirecto, todos menos el plus de turno para los directos sin vt y todos menos el plus de turno y un valor de 99 euros de prima de producción, para los trabajadores directos. Este valor es de 99 euros desde principios de los años 90.

Todos los puntos abordados influyen a su vez sobre las pagas extraordinarias de Julio y de Diciembre.

Si esto no es “ideología sindical”, las discriminaciones han de ser perseguidas por la totalidad del comité de empresa y han de ser eliminadas. Para afrontar un futuro próximo, creen algunos que se pueden obviar todas estas cuestiones, pero si queremos que el camino dure y se haga largo hay que afrontarlas desde ya…

No se puede permitir, que se considere a un trabajador absentista, según el departamento donde trabaje, no se puede trabajar sobre la idea de deberes para todos y derechos para unos pocos.

                                         ASI-RBET-USO, en lucha por la defensa de todos los trabajadores.

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