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MODIFICACIÓN DEL DECRETO SOBRE MEDIDAS ECONOMICAS

USO denuncia que la plantilla del SEPE está recibiendo
la instrucción troceada que modifica el decreto sobre
medidas económicas por la puerta de atrás.

 Los trabajadores están recibiendo la orden de no computar si los
afectados por los ERTE tienen o no hijos, y de topar la prestación
en 1.098,09 euros
 El Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes solo modificaba
el contador a cero y el innecesario período de carencia para
recibir la prestación, pero no los criterios de cálculo

Madrid, 26 de marzo de 2020.- USO denuncia que la plantilla del SEPE está
recibiendo extractos de una anticipación de instrucción con órdenes sobre cómo
tramitar las prestaciones de los ERTE por coronavirus que modifican
sustancialmente el reconocimiento de las prestaciones, sin haber sido recogido
ese punto en el Real Decreto-ley 8/2020.

En esa previa de instrucción, que ha llegado por trozos a la plantilla, en función
del departamento donde cada cual desarrolle su labor, se anuncia que el
reconocimiento y mecanización de la prestación se hará siempre con “cero hijos a
cargo”. El documento recoge expresamente que habrá que borrar los hijos que
existan reconocidos por la base de datos.

El resultado es una prestación lineal de un máximo de 1.098,09 euros, el tope a
percibir por las personas trabajadoras sin hijos a cargo.
“Esta instrucción es gravísima, pues el Real Decreto 8/2020, que agilizaba la
negociación de los ERTE justificados por la crisis del coronavirus, solo recogía dos
cambios en cuanto a prestaciones: el contador a cero y que no era preciso el
período de carencia para percibir el subsidio. En ningún momento se han
modificado los criterios de cálculo, por lo cual no sabemos en qué legislación se
ampara el Ministerio para pedirles a los funcionarios que actúen así”, alerta Sara
García, secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral de USO.

USO registró ayer mismo una petición al Ministerio en la que pedía que agilizase
los pagos de las prestaciones por desempleo, “pues nuestros delegados en el
SEPE estimaban que podía demorarse entre 50 y 70 días y lo considerábamos
inadmisible. Entenderíamos esta homogeneización en el pago para tratar de dar
una respuesta más rápida a la ciudadanía, pero con dos condiciones: la primera,
que sea legal, que figurase en el decreto o en un desarrollo posterior, no por la
puerta de atrás. Y la segunda, que se articulase un mecanismo de compensación
a posteriori, bien abriendo un plazo especial de reclamaciones cuando hayamos
vuelto a la normalidad o en la declaración del IRPF. Lo que resulta inadmisible es
que a las personas con hijos se les estafe el complemento correspondiente”,

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