En el último escrito informativo que la dirección ha publicado el pasado día 20 de mayo sobre el procedimiento a seguir en caso de fallecimiento de familiares de colaboradores, al pie de dicho escrito, la dirección recuerda a los trabajadores los parentescos que dan derecho al disfrute del permiso retribuido, omitiendo alguno de ellos.
Informamos a los trabajadores que los parentescos que dan derecho al disfrute de este permiso son los de 1º y 2º grado, y son los siguientes:
• Abuelos/abuelos políticos.
• Padres/padres políticos.
• Cónyuge.
• Hijos/hijos políticos.
• Hermanos/hermanos políticos.
• Nietos/nietos políticos.
A su vez, solicitamos a la dirección que cuando publique un escrito informativo, facilite la información completa para no confundir a los trabajadores