Inicio / Comite de Empresa / Comisión permanente / Resto de reuniones / INCENTIVO PO/PV/TPM Y PERMISOS

INCENTIVO PO/PV/TPM Y PERMISOS

COMISIÓN PERMANENTE 

Comienza la reunión de la Comisión Permanente, a las 10:30 horas del jueves día 13 de julio de 2023, con la asistencia de los siguientes miembros de la Comisión:

UGT:       Moisés, Ana.

CC.OO:   Antonio.

ASI-USO: Antoine.

CGT:       Sergio.

DIRECCION: Samuel (HRL), Adela (HRL2), Alvaro (MOE).

 

  1. Estado actual del incentivo PO/PV/TPM.

La RS solicitamos información, de porque desde el día 19 de junio, no se han cargado horas verdes y rojas a las líneas.

El responsable de MOE, manifiesta que no se han cargado porque se han encontrado anomalías en los datos, por ejemplo: rendimientos por encima del 200%, y más horas rojas/verdes que presencia, por lo que hasta que no sepan que ha pasado, (lo van a revisar con VSE), han dado orden de limitar el rendimiento al 130%.

No puede ser, que estando en algunas líneas un 30% por debajo del objetivo de productividad tengan rendimientos del 150% o superiores, dice que hay pocos POs que sepan como les afectan las variables en el cálculo del incentivo.

También da un ejemplo ficticio de un valor de incentivo de 142€, que corresponde a un rendimiento de 130%, un 95% de HB y el 100% de presencia, manifiesta que habrá que retomar el tema de la prima fija para este colectivo, porque esto es una pérdida de tiempo de muchas personas.

Se compromete en dar el resultado de la revisión la 1ª semana de septiembre.

 

  1. Adaptación del cambio de la normativa de permisos.

Adela comienza diciendo que van a adaptar el díptico de permisos a la legislación vigente, añadiendo, pareja de hecho y convivientes (para este último se pedirá justificante de convivencia, como puede ser el padrón o los DNIs en los que figure que tienen la misma dirección,…).

A los permisos que tenemos y que no estén expresamente recogidos en el RD no se les añadirá lo anterior.

– Enfermedad grave de familiar: 5 días naturales en los mismos supuestos que ahora y se elimina el desplazamiento.

– Fallecimiento: Va a pasar de 3 días laborables a 2 días laborables porque no se ha modificado la ley vigente y en Treto se aplicaban 3 días de manera provisional (aviso publicado en 2018).

– Permiso parental de 8 semanas hasta los 8 años: se informará de los requisitos y se fijará un criterio. El de paternidad se puede dividir hasta en 10 tramos y este será algo parecido.

– Fuerza mayor: hasta 4 días al año y posible en horas. Explica que el criterio es:

Debe ser extraordinario, inevitable, imprevisible o Urgente, solo para casos de enfermedad o accidente, y debe requerir la presencia inmediata.

La RD asimila este último permiso al de Urgencias.

Tras una larga discusión sobre este punto, la RS indicamos que asimilar este permiso al de Urgencias, es peor que el que teníamos, ya que al ser el tiempo necesario en teoría era ilimitado, por lo que la RS estudiaremos la interpretación que le está dando la RD a este nuevo permiso.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.