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DIA F DE EMPRESA

DÍA “F” DE EMPRESA

En el Pleno del Comité de Empresa celebrado el pasado día 5 de julio de 2022, se aprobó por unanimidad una propuesta de ASI-USO, que planteaba a dicho Comité, la denuncia en los tribunales del incumplimiento del Convenio Colectivo en el que había incurrido la Dirección, al fijar un día “F” de Empresa el día 18 de marzo de 2022, comunicándolo con sólo 2 días de antelación, en lugar de los 3 días de antelación, como mínimo, que está acordado en el Convenio Colectivo.

La Demanda se presentó a través de los servicios jurídicos de ASI-USO, celebrándose la vista el día 27 de enero de 2023, y dictada la sentencia 46/2023, en la que se estima la demanda interpuesta, y se declara contraria a derecho la fijación por la Empresa del día 18 de marzo como día “F”, y en consecuencia, a que no se agote ese día como día F”.

Por lo tanto, según esta sentencia, contra la que cabe interponer recurso de suplicación, la Empresa debe reponer este día “F” y no considerarlo como disfrutado, por lo que dispone todavía de un día “F” de Empresa.

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